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EL COMITÉ DELEGACIONAL 2012-2015 DE LA D-1-28 PICHUCALCO, CHIAPAS. LOS RECIBE CON MUCHO AFECTO, ESPERANDO PODER SERVIRLES A TRAVÉS DE ESTA PÁGINA QUE FUE CREADA PARA ESTAR AL TANTO DE LAS INFORMACIONES TANTO LOCALES, ESTATALES COMO NACIONALES.

domingo, 1 de septiembre de 2013

La CNTE, manual mediático para inducir al odio,,,


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Maestros bloquean instalaciones de Televisa. 
Foto: Hugo Cruz
MÉXICO, D.F. (apro).- Generar odio o pánico moral contra un movimiento social, una corriente ideológica o una religión es más fácil que buscar empatía, entendimiento o un mínimo ejercicio de rigor informativo.
En el caso de las movilizaciones emprendidas por la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) el manual de inducción al odio se ha aplicado a rajatabla.
No se necesita ser mago para darse cuenta, pero sí es difícil desintoxicarse a partir de la premisa que han aplicado para estigmatizar las demandas del movimiento de las secciones disidentes del SNTE (el sindicato que controlaba antes Elba Esther): la CNTE está en contra de la reforma educativa, por tanto, son malos maestros y, en consecuencia, sus movilizaciones son ilegítimas.
Para reforzar este silogismo los medios masivos han aplicado el siguiente manual:
1.-Entreviste a automovilistas encabronados por los bloqueos viales. Y retransmita una y otra vez ese “testimonio” como ejemplo de la furia ciudadana.
Nada más fácil que encontrar a un conductor que miente madres, que pida la cabeza de quienes bloqueen las vialidades o que le eche la culpa a los maestros de todos los males de un mal día.
2.-Genere toda cantidad de calificativos para desacreditar a un movimiento e inoculará un prejuicio ante ellos. “Vándalos”, “flojos”, “irresponsables”, “mitoteros”, “irrespetuosos”, “bárbaros”, “pobresores”, etc.
Cualquier análisis de contenido de la cobertura informativa en relación con el movimiento de la CNTE demostrará que más de un 70 por ciento son calificativos, juicios o estigmas, antes que la descripción del problema, las demandas, las posiciones de una y otra parte, o la mínima ponderación de los hechos.
3.-Fabrique una sensación de caos y de amenaza frente a “los bárbaros”. La ciudad de México y sus habitantes somos susceptibles de sobredimensionar todo, a partir de la alta repercusión mediática de lo que suceda en esta ciudad. Por eso, también, nos sentimos “el ombligo de la República”.
Si secuestran en la Zona Rosa la ciudad es un caos. Si bloquean Reforma o Insurgentes la megalópolis es un caos.
Si “toman” las instalaciones de la Cámara de Diputados o del Senado, impera la anarquía en todo el país.
Y todo es provocado por los “bárbaros” que nos llegan de entidades lejanas y pobres como Oaxaca, Michoacán, Chiapas o Guerrero que en el imaginario del televidente o radioescucha medio son sinónimos de morenos, pobres y rijosos.
Hay una alta dosis de racismo inducido en estos casos. No es lo mismo ser profesor moreno de Oaxaca que estudiante blanco, bien vestido del ITAM, aunque ambos “tomen” las instalaciones de Televisa para exigir derecho de réplica.
4.-Privilegie la declaracionitis y la opinionitis. Los dos males endémicos de la cobertura informativa en medios electrónicos son éstos. Es más importante la declaración del funcionario que la descripción de los hechos. Es necesario privilegiar la denostación antes que hacer un esfuerzo de explicación.
Y en el caso de la CNTE, el “sistema PRI-gobierno” se ha encargado de unificar las voces: el presidente de la República, el secretario de Gobernación, los coordinadores legislativos del PRI en Cámara de Diputados y Senadores. Todos, hablan de “secuestro”, de “actos vandálicos”, de “expresiones radicales” y no del fondo del asunto.
Junto con la declaracionitis vendrá la opinionitis. Es la inflamación de la histeria personal –simulada o convencida- de los conductores y analistas de los programas televisivos y de radio. Además, como casi todos escriben columnas en los periódicos, replicarán lo mismo.
Lo políticamente correcto no es pedir mesura y dimensionar los hechos. Eso resulta radical y se convierte uno en “promotor de delincuentes”.
5.-Sobredimensione algunos hechos. Ahora se habla de “pérdidas” por 4.5 millones de pesos en la Cámara de Diputados ante la irrupción de supuestos integrantes de la CNTE.
¿Por qué los mismos comentaristas que se rasgan las vestiduras por estos 4.5 millones de pesos no se alteran con los 200 millones de pesos que cada coordinador legislativo administra de manera opaca y unilateral? ¿Por qué son “delincuentes” éstos y no los que desfalcan al Congreso?
6.-Invisibilice a los “bárbaros”. Los maestros no tienen rostro, nombre ni historia personal. Son una masa anónima de “revoltosos”, de “flojos”, de “enemigos de la reforma”.
Darles voz es muy costoso porque humaniza los movimientos sociales. Por eso la demanda de derecho de réplica de la CNTE ante las televisoras era tan delicada. ¿Acaso son dueños de su propia voz?
Uno odia lo que no conoce. Le tiene pánico a quienes nos dicen que son peligrosos. Y, por si fuera poco, si nos afecta en nuestro derecho a la libre circulación seguramente son violentos.
7.-Mezcle dos problemas distintos. Si los maestros no quieren un modelo único de evaluación entonces son enemigos de ser evaluados, por tanto, malos maestros que abandonan a los niños en las aulas.
Y si proponen otros modelos de evaluación o declaran su oposición a la reforma educativa peñista (no a reformar la educación ), entonces son enemigos del progreso, defensores de intereses y privilegios.
¿Cuál será el privilegio de un profesor que gana menos de 20 mil pesos al mes frente a la enorme y compleja alta burocracia de la SEP que gana más que ellos, que forma parte del entramado de la corrupción?
Eso, por supuesto, no se analiza, no se documenta, no es importante.
En otras palabras, volvemos al mismo guión de “guerra sucia” que tanto polarizó y le costó a este país en el 2006.
Retornamos a la etapa de privilegiar la mentira por encima de un mínimo ejercicio de veracidad.
Por eso, la “pinta” de la CNTE en la pared de las instalaciones de Televisa se convierten en una buena síntesis: “la pintura se borra, nunca sus mentiras”.

camaradas revisar con calma este documento..

El debate sobre la Ley del Servicio Profesional Docente es indispensable antes de continuar con los llamados, a todas luces irresponsables, que claman por aprobar dicha Ley “como está” sin que medie el diálogo y la negociación entre las partes en conflicto.
A la grave tensión política derivada de las movilizaciones magisteriales y la resultante polarización que vivimos, agrego siete temas a la discusión en curso, donde sugiero revisar la iniciativa presentada por el Ejecutivo.
1. Tipos de nombramiento. Las tres propuestas de nombramiento que propone la Ley son problemáticas (provisional, por tiempo fijo y definitivo) . En especial los dos primeros nombramientos debido al “limbo” legal en el que dejan a los docentes. La Ley señala que únicamente podrán adquirir nombramiento “definitivo” quienes se sujeten a los procedimientos de evaluación. Se trata de un esquema muy rígido que ni siquiera se aplicó en las instituciones de educación superior o centros de investigación más rigurosos del país. A los académicos de este nivel, a quienes desde hace décadas se les impusieron diversos mecanismos de evaluación, se les permitió la opción de participar en los programas de evaluación existentes de manera voluntaria. El riesgo de no participar fue (y es) quedarse (y sobrevivir) con el sueldo base de la institución; pero además del asunto del complemento (a veces duplicación) del salario, se encuentra el tema del prestigio, aislamiento y alejamiento del reconocimiento institucional. Sin embargo, es sabido que no son pocos los académicos que a pesar de todo decidieron no participar en dichos programas en sus instituciones o en el propio Sistema Nacional de Investigadores (SNI). Los maestros de nivel básico y medio superior, en cambio, no contarán con esa posibilidad. El artículo octavo transitorio es contundente a este respecto: El personal que no se sujete a los procesos de evaluación o no se incorpore a los programas de regularización “será separado del  servicio público”.
2. Definición de trabajo docente. En el artículo 4, fracción XXII se señala que el personal docente es: el “responsable del proceso enseñanza aprendizaje, promotor, coordinador, facilitador, investigador y agente directo del proceso educativo”. La definición de docente es demasiado amplia si consideramos que dicha definición dentro de la citada Ley puede tener implicaciones directas sobre la evaluación de los docentes. Toda vez que se espera que el docente cumpla con esas funciones ¿también se podría esperar que sea evaluado por las mismas? Por ejemplo, se señala que el docente es también “investigador” del proceso educativo. ¿Qué pasará si eventualmente se les ocurre que al maestro también hay que evaluarlo por su labor de investigación porque es parte de sus funciones en la Ley? ¿Qué consecuencias podría tener incluir en su evaluación sus actividades de investigación cuando la literatura especializada lleva años debatiendo ampliamente el tema de si los docentes pueden o deben realizar investigación? Es claro que toda la definición de sus funciones debería revisarse con cuidado y en su caso acotarse frente a las posibilidades de interpretación y sus eventuales consecuencias en la evaluación de los maestros.
3. Buenos deseos. La Ley está plagada de ellos y aunque puede ser preocupante que una ley se presente con poca especificidad, más grave son las contradicciones que existen. Por ejemplo, el artículo 13 señala que la ley busca “mejorar la práctica mediante la evaluación de las escuelas”. Si ese es uno de sus propósitos, más allá del ofrecimiento de que los maestros cuenten con un espacio de reflexión del que no se especifican mayores detalles ¿cómo se está proponiendo esa mejora de la práctica cuando las evidencias de anteriores programas de evaluación muestran que su impacto afecta por ejemplo la atención de los maestros en resultados más que en procesos educativos? En muchas ocasiones se ha escrito sobre los efectos no deseados de la evaluación en las prácticas educativas ¿cómo se piensa evitar esta situación?
Además, el capítulo II señala que la evaluación va a ser “permanente” y de carácter “formativo” y en el art. 16 que generará “las competencias para el buen ejercicio de la función evaluadora”  ¿No debería la ley prever cómo contribuirá a que se trate de una evaluación efectivamente formativa? ¿no resulta contradictorio ese dicho cuando se parte del uso de un examen para el otorgamiento de plazas? O por ejemplo, no debería la ley ser más específica en la definición de ¿cuáles son “las competencias” para el buen ejercicio de la función evaluadora? Cuando en temas como estos la Ley del Servicio Profesional Docente le pasa toda la responsabilidad de definición al Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) deja un espacio de incertidumbre, que con toda razón, preocupa a los maestros.
4. Periodo de inducción. En el artículo 22 se señala que una vez que los maestros logren el puntaje alto en el concurso de oposición (¿el examen?) se asignarán las plazas del puntaje mayor a menor. Además se agrega que luego de dos años de inducción (de la realización de al menos una evaluación anual) si no se satisfacen los requerimientos se dará por terminado el nombramiento. ¿Y los derechos laborales mínimos adquiridos durante esos dos años? ¿Se trata acaso de la exaltación de la nueva Ley del Trabajo? La propuesta de Ley del Servicio Profesional Docente requeriría mediar este artículo considerando que se trata de un profesor que alcanzó un buen puntaje en el examen, sobre todo si el docente justifica que se encuentra en la vía de mejoramiento. Más aún: antes de que se considere su expulsión definitiva del sistema.
5. El poder de los directores. En la propuesta de ley se le otorga a los directores de las escuelas un poder que puede resultar abrumador. Por ejemplo, el artículo 47, sección I, afirma que “será el director el que haga la elección de docentes frente a grupo que desempeñarán ese tipo de funciones adicionales”.  O bien, la propuesta de ley deja en manos de los directores la posibilidad de todos “los movimientos laterales” (de funciones) que pueden efectuar los maestros. Si el tema es también cambiar la estructura de poder que domina la SEP es fundamental incluir la discusión del papel de los supervisores y de los directores de las escuelas. Los intereses políticos de una parte muy considerable de los directores o supervisores de las escuelas no son una novedad en nuestro sistema (o su relación con la estructura del SNTE o la CNTE). Tampoco su manejo discrecional. Así que dejarle estas decisiones a los directores, en lugar de cuerpos colegiados donde participen maestros, es un error que sólo terminará reproduciendo prácticas de corrupción y chantaje de las que aparentemente buscamos alejarnos.
6. Adscripción docente. El artículo 62 señala textualmente: “Las autoridades y los organismos descentralizados estarán obligados a revisar la adscripción de los docentes cuando los directores señalen incompatibilidad del perfil con las necesidades de la Escuela y efectuar el reemplazo de manera inmediata de acreditarse dicha incompatibilidad”. Es decir, los maestros quedarán indefensos frente al poder del director respecto a su adscripción con todas las consecuencias que ello significa. Argumentar “incompatibilidad con la Escuela” es una razón tan ambigua como delicada. Bajo ese argumento, por ejemplo, se puede amparar lo mismo un director que busque una revancha política, como otro que busque un chantaje de la misma naturaleza. Es fundamental que la Ley se blinde frente a ese posible uso discrecional que le pueden dar los directores y establezca, como ya se dijo, mecanismos colegiados transparentes.
7. El contexto socio-económico. La iniciativa de ley señala en el artículo 68, fracción VI, que durante el proceso de evaluación sea considerado “el contexto regional y sociocultural”. Ambos aspectos son muy importantes, pero hace falta incluir “el contexto socioeconómico”. La Ley prácticamente no se refiere al tema de las condiciones de trabajo del docente y a sus implicaciones para los procesos de evaluación. Este hecho es inaceptable en un sistema educativo con el problema de desigualdad económica como el mexicano. Definitivamente se trata de una carencia importante de la actual iniciativa que también debe discutirse e incorporarse.
El deseo, finalmente, es que en las partes involucradas (poder Ejecutivo, Legislativo y docentes inconformes) quepa la prudencia para sentarse a discutir los puntos más álgidos de la iniciativa que se presentó y encontrar una Ley que solucione las legítimas preocupaciones de los docentes. Que la Ley se discuta con el fin de que, en efecto, logre convertirse un instrumento de mejora de los procesos educativos y no se constituya en un simple mecanismo de control laboral. En la medida en que la propuesta de Ley se ampara en los principios de “transparencia” y “certeza” y proclama contribuir al sistema con “legalidad, objetividad e imparcialidad”, no deja de extrañar que el documento presentado quedó muy por debajo esos principios y de la mayoría de las expectativas de propios y extraños. Aún estamos a tiempo de que se presente una Ley que corrija tales desatinos.